¿Es el quirófano un espacio privado de uso público?


En el año 1892, el Dr. Andrés del Busto , director de Clínicas del Hospital de San Carlos inauguraba en Madrid la primera sala de operaciones separada de los discípulos que asistían al acto operatorio por una cúpula transparente.

Para designar a esta construcción, cuyo objetivo era evitar la contaminación vehiculada por los numerosos asistentes, sin impedir que estos pudiesen observar el desarrollo de la operación, el Marqués del Busto inventó el neologismo "quirófano".

Al cabo de algo más de un siglo de la construcción del primer espacio denominado quirófano, una sentencia judicial, al dictaminar, según aparece en la prensa, que un quirófano es un espacio privado de uso público, nos incita a reflexionar, con cierta perplejidad, sobre esta definición.

Es público, si nos referimos a un espacio concreto, aquél que es abierto o accesible a todos, sin restricciones; en cuanto a un acto determinado es público aquél que se hace, potencialmente, a la vista de todos.

Por el contrario, son privados tanto el espacio que no es público como el acto realizado en ese espacio cuya entrada se restringe a unos cuantos, es decir, no está abierta a todos.

En esta línea de reflexión, un quirófano no es un espacio privado, sino un lugar para operar que puede ser de propiedad privada o pública, aunque siempre será de acceso restringido a los participantes del acto quirúrgico - paciente y todo el equipo quirúrgico entendido ampliamente- y, en su caso, a los discípulos en aprendizaje.

Si el quirófano fuera un espacio privado de uso público, sin ningún tipo de restricciones, como un parque, se convertiría inmediatamente en un lugar público. El acceso a los quirófanos de los que no son participantes esenciales en el acto quirúrgico, no se restringe únicamente como consecuencia de las medidas profilácticas contra la infección operatoria, ya que siguiendo este razonamiento, controlada la infección, la operación se convertiría casi en un espectáculo público celebrado en un anfiteatro abierto a todos, como ya lo fue en la historia de la Cirugía.

La restricción del acceso se hace, además, con el importante objetivo de crear las mejores condiciones posibles de silencio y tranquila diligencia del personal, sin interferencias externas, y con el debido respeto a la intimidad del paciente y a la seriedad que supone el riesgo del acto quirúrgico como agresión para el paciente.

Cuando se discute el derecho a la intimidad en el quirófano conviene preguntarse de entrada: ¿Derecho de intimidad de quién o de quiénes? ¿Del paciente? ¿Del cirujano y de su equipo?

Es evidente que el paciente, anestesiado, inerme y sometido a la agresión quirúrgica, está en su derecho de exigir que no se produzca durante el acto operatorio una intromisión en su honor, en su intimidad y en su propia imagen. Pero el cirujano y su equipo, más que derecho a la intimidad , tienen derecho a que se den las mejores condiciones físicas, psicológicas y técnicas para que pueda realizar un acto operatorio que vaya seguido de los mejores resultados para el paciente.

Es cierto que las intervenciones quirúrgicas son retransmitidas en directo o grabadas para su posterior visionado, con finalidad docente y siempre con el consentimiento del paciente y del equipo quirúrgico, cuya colaboración es esencial para la calidad didáctica de la filmación.

Sin embargo ¿es apropiado entender como simple control laboral a la "vigilancia" de lo que sucede en el ámbito de una intervención quirúrgica mediante cámaras ocultas? En último término, si se sospecha que no se cumple el pacto de confianza que siempre debe existir entre el paciente y su cirujano, el cual exige por parte de éste competencia y honestidad ¿hasta que punto esa "vigilancia oculta" no corre el riesgo de deteriorar aún más ese pacto de confianza? ¿No existen otros medios para controlar a priori la calidad técnica y la exigencia ética de quienes llevan a cabo intervenciones en un quirófano?

Fuente: Cristóbal Pera, responsable de Saludlandia
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Sabado, 17 de Mayo del 2008

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