31 de Mayo, Día Mundial contra el Tabaco


La Organización Mundial de la Salud (OMS) celebró el 31 de Mayo de 2005 el Dia Mundial contra el tabaco dedicado especialmente a los profesionales de la salud, y con este motivo ha dado a conocer un "Código de Prácticas de las organizaciones profesionales de salud sobre el control del tabaco" que reproducimos a continuación:

Preámbulo: Con el fin de contribuir activamente a la reducción del consumo de tabaco e incluir la el control del tabaco en el programa de salud pública a nivel nacional, regional y mundial, queda convenido por el presente documento que las organizaciones de profesionales de la salud:

1. Alentarán y apoyarán a sus miembros a servir de modelos de conducta, no consumiendo tabaco y promoviendo una cultura sin tabaco.

2. Evaluarán y abordarán las pautas del consumo de tabaco y las actitudes y el comportamiento antitabáquico de sus miembros mediante cuestionarios y la introducción de políticas apropiadas.

3. Dispondrán que no se fume en los locales de sus organizaciones, y en los actos que celebren, alentando la misma conducta entre sus miembros.

4. Incluirán la lucha antitabáquica en el orden del día de todos los congresos y conferencias en los que sea relevante, y relacionados con la salud.

5. Aconsejarán a sus miembros que de forma sistemática pregunten a sus pacientes y clientes acerca del consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco (utilizando métodos basados en la evidencia y buenas prácticas), los asesorarán sobre cómo dejar de fumar y realizarán un seguimiento apropiado de sus objetivos de abstinencia del tabaco.

6. Influirán en las instituciones de salud y los centros de educación para que se incluya la lucha antitabáquica en los programas de estudio de los profesionales de la salud, mediante la educación permanente y otros programas de formación.

7. Participarán activamente en el Día Mundial sin Tabaco, celebrado el 31 de mayo de cada año.

8. No aceptarán ningún tipo de apoyo por parte de la industria tabacalera (financiero o de otra naturaleza) ni invertirán en la industria tabacalera, y alentarán a sus miembros a proceder de la misma forma.

9. Se asegurarán de que su organización formule una declaración o una política sobre conflictos de intereses respecto a la interacción con la industria tabacalera.

10. Prohibirán la venta o la promoción de productos de tabaco en sus locales e incitarán a sus miembros a proceder de la misma forma.

11. Apoyarán activamente a los gobiernos en el proceso conducente a la firma, ratificación e implementación del Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco.

12. Destinarán recursos financieros y/o de otra índole a la lucha antitabáquica, incluidos recursos destinados a la implementación de este código de prácticas.

13. Participarán en las actividades de la lucha antitabáquica organizadas por las redes profesionales de salud.

14. Apoyarán las campañas que promuevan los lugares públicos sin humo de tabaco.

Fuente:
OMS
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Viernes, 25 de Julio del 2008

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